Mecanismo directo de revocación contractual conforme a la normativa vigente de la Secretaría de Comercio Interior.
En cumplimiento del Artículo 34 de la Ley Nacional Nº 24.240 y la Resolución 424/2020 de la Secretaría de Comercio Interior, los adquirentes tienen derecho a revocar la aceptación del servicio o compra pactada a distancia dentro del plazo de 10 (diez) días corridos contados a partir de la celebración de la orden, sin responsabilidad alguna ni penalización.
Solicitud de Revocación Registrada
Constancia emitida conforme a la Res. 424/2020
Hemos registrado tu solicitud de arrepentimiento. Te asignamos el siguiente código identificatorio único de gestión:
REV-TIRO-000000
Un representante del área de legales y administración se comunicará en un plazo máximo de 72 horas hábiles al correo electrónico informado.
Formulario de Revocación Contractual
Completá los datos del titular o apoderado para emitir el código de gestión.
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